La reforma laboral aprobada por el Real Decreto 10/2010 ya está disponible en lengua de signos española (LSE). Las personas sordas podrán informarse en LSE de las medidas adoptadas para dinamizar el tejido laboral del país y, más concretamente, de los cambios que afectan de forma directa a las personas con discapacidad.
Aunque la reforma laboral mantiene el mismo régimen jurídico y las bonificaciones de la Seguridad Social para la contratación indefinida o temporal de trabajadores con discapacidad, cabe destacar las siguientes modificaciones importantes.
Se establece la obligación de que las agencias de contratación cumplan con las normas de accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Además, con el objetivo de evitar posibles discriminaciones laborales, las empresas de trabajo temporal deben aplicar a las personas con discapacidad las mismas disposiciones previstas para los trabajadores y las trabajadoras de la empresa usuaria.
Del mismo modo, las empresas que contraten a personas con discapacidad podrán desgravarse el 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social hasta el 31-12-2011 o el 50% según esté establecido en el estatuto de los trabajadores.
Las personas desempleadas con discapacidad inscritas en la oficina de empleo mantienen su estatus de colectivo para la realización de contratos de fomento de la contratación indefinida. Esta modalidad contempla la indemnización de 33 días por año. Por último, la normativa sustituye el término “minusválido” por “persona con discapacidad”.
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